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El Código Civil de Chile en su artículo N°584 señala lo siguiente:


Art. 584 "Las producciones del talento o del ingenio son una propiedad de sus autores.


Esta especie de propiedad se regirá por leyes especiales."



A este respecto se debe tener presente que la ley especial en materia de derechos de autor y derechos conexos es la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.


Para obtener más información respecto de la Ley sobre Propiedad Intelectual haga CLIC AQUÍ


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